La nueva Ley de Seguridad Vial aumenta el límite de velocidad permitido a 130 km/h en determinadas vías
La reforma de la Ley de Seguridad Vial ha finalizado este martes su trámite en el Congreso de los Diputados sin novedades. Entre ellas, los menores de 16 años tendrán que llevar obligatoriamente casco en bicicleta, habrá tramos de autovía y autopista que puntualmente aumentarán la velocidad permitida a 130 km/h, quedarán prohibidos los inhibidores de radar y las multas ascenderán a 1.000 euros para todos aquellos que doblen la tasa de alcohol permitida al volante.
La Comisión de Interior, con competencia legislativa, ha ratificado, con pequeñas modificaciones, el texto que el Gobierno envió al Parlamento. Lo que ha motivado la queja generalizada de todos los grupos parlamentarios en una sesión anodina que ha sido repetición de todos los debates realizados en los dos últimos meses sobre esta normativa.
La reforma, que ha salido adelante con los votos a favor del PP y CiU, será enviada ahora al Senado. Durante el trámite en el Congreso han pactado una rebaja de la propuesta inicial del Gobierno de multar con 1.000 euros cualquier positivo en alcohol o drogas. Finalmente, esa multa sólo se aplicará a los conductores que dupliquen la tasa de alcohol permitida, se nieguen a realizar la prueba o sean reincidentes, al haber sido multados por alcoholemia durante el último año.
Si finalmente esta reforma sale adelante, y lo más probable es que así sea cambia el límite de velocidad, una de las premisas más cuestionadas.
A 130 km/h, EN «MUY CONTADAS OCASIONES»
El nuevo límite entrará en vigor en marzo. La nueva Ley aumentará, «solo en algunos tramos» y «de forma puntual» el límite de velocidad de 120 a 130 km/h. Tráfico lo controlará mediante paneles luminosos, y tan solo se amplía este límite en aquellos tramos «en los que existan índices contrastados de seguridad vial y buenas condiciones de trazado y pavimentación» indica el texto.
Por ahora, Tráfico todavía no ha indicado ni en qué tramos ni en cuántos kilómetros se podrá circular a 130 km/h, pero el Ministro de Interior, Jorge Fernández, ya ha aclarado que «en las vías de gran capacidad el límite se mantiene inalterable» en 120 km/h. Es más, organizaciones como AEA ya han alertado, en los últimos meses, que apenas 150 km de nuestra red de autopistas y autovías, el 0,1%, cumplen los requisitos que reclama la DGT: paneles luminosos para comunicar el aumento del límite, presentes sólo en aproximadamente 1.500 km de los 14.500 km de autopistas y autovías, y sobre todo, tramos de siniestralidad muy reducida o cero, es decir, donde no se hayan producido accidentes.
REDUCE EL LÍMITE DE VELOCIDAD EN CARRETERAS SECUDARIAS
El Gobierno unificará a 90 km/h los límites de velocidad en las carreteras secundarias de doble sentido. En la actualidad, la velocidad en estas carreteras depende de su arcén: si este es superior a 1,5 m, tienen una velocidad límite de 100 km/h; si es inferior, de 90 km/h. Desde asociaciones como AEA se ha criticado este descenso que afectará al «90 por ciento» de las vías y «no está justificado».
La nueva Ley podrá reducir la velocidad máxima en algunas vías urbanas a 20 km/h en aquellas calles cuya acera esté al mismo nivel que la calzada -en zonas peatonales- y a 30 km/h en aquellas calles que tengan un solo carril y un único sentido de circulación. En el resto, el límite se mantendrá como hasta ahora: en 50 km/h.
Desde enero quedan prohibidos los detectores de radar. Bajo multa de 200 euros y la retirada de 3 puntos. Eso sí, se siguen permitiendo los avisadores de radar vía GPS.
ALCOHOL CERO AL VOLANTE
Conducir duplicando la tasa de alcohol permitida o ser reincidente será multado con 1.000 euros, mientras que el resto de positivos seguirán estando sancionados con 500 euros.
Además, se incluyen otras medidas como que todos los pasajeros que midan menos de 1,35 m de altura deberán usar sistemas de retención. Se anulará la actual restricción de la edad -que obligaba a utilizar sillitas infantiles a los menores de 12 años- y se sancionará de acuerdo a esta única condición.
Y TAMBIÉN…
Se aprobará, a partir de marzo, la obligación del uso del casco para todos los ciclistas menores… circulen por donde circulen. Hasta ahora, sólo era obligatorio llevar casco si circulaban por carretera- Eso sí, la imposición del casco para ciclistas mayores de edad en ciudad aún se está debatiendo en el Congreso.
En caso de atropello de un animal, la responsabilidad, y por tanto, cualquier posible indemnización, será del conductor, excepto en dos casos muy concretos: que sea resultado de un defecto de señalización o de contención de la vía -es decir, de vallado, de los guardarraíles…- o que el atropello venga dado por actividades de caza, en cuyo caso el responsable será el propietario del coto.
Se añaden dos nuevos casos que permiten la inmovilización de un vehículo: cuando se conduzca un autobús o camión sin el permiso correspondiente o cuando, al conducir transporte pesado, no se respeten las restricciones de horario o de peso.
Fuente y fotos: http://www.elpueblodealbacete.com