¿A qué velocidad podrán circular los vehículos?
El límite en autopistas y autovías sigue siendo de 120 kilómetros por hora pero la reforma de la ley abre la puerta al incremento hasta los 130 kilómetros por hora en determinados tramos de autovías y autopistas.
También contempla la posibilidad de reducir en 10 km/h la velocidad máxima en las carreteras secundarias, así como a la creación de zonas 20 y 30 en las ciudades. No entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento de Circulación.
¿Se pueden usar los detectores de radar?
No. Se prohíben expresamente los detectores de radar o de cinemómetros. Su uso será multado con 200 euros y la detracción de tres puntos del carné. (Los inhibidores ya están prohibidos y multados con 6.000 euros y seis puntos). Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Cuándo será obligatorio el uso del casco en bicicleta?
Los menores de 16 años tendrán que llevar casco de bici cuando circulen por ciudad. Incumplir la norma supondrá una multa de 200 euros. Este elemento es obligatorio en carretera para todas las edades.
Además, las bicicletas no podrán ser inmovilizadas, aunque su conductor sea multado por alguna infracción que, en el caso de los vehículos a motor, conllevaría esa inmovilización. Estas normas entra en vigor este 9 de mayo.
¿Pueden los ciclistas circular por debajo de la velocidad mínima?
Sí. Se permitirá a los cicilistas circular por debajo de la velocidad mínima. Sigue estando prohibido su circulación por autopistas. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Cómo se deberá adelantar a un ciclista?
Para aumentar la seguridad del ciclista, el vehículo que lo adelante puede ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario. Debe guardar una separación lateral mínima de 1,5 metros y no se puede poner en peligro ni entorpecer la marcha de los ciclistas que circulen en sentido contrario. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Aumentan las multas por consumo de alcohol y drogas?
Sí. Aumenta de 500 a 1000 euros la multa por conducir bajo los efectos de alcohol cuando la tasa sea el doble de lo permitida (0.5 miligramos por litro de aire espirado y 0.3 para conductores noveles y profesionales). Igualmente se duplica la sanción para los que reincidan en el plazo de un año. Se mantiene la multa de 500 euros cuando la tasa no llegue a ese límite.
La multa por consumo de drogas al volante también dobla su cuantía: de 500 a 1000 euros. Además, bastará la prueba salival para imponer la sanción ya que hasta ahora había que demostrar la influencia de las drogas en la conducción. No se multará a las personas que den positivo en consumo de drogas por prescripción facultativa y con una finalidad terapeútica como la metadona. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Puede un peatón oponerse a la realización de la prueba de alcohol y drogas?
No. La ley establece la obligación de someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas, no solo a los conductores de un vehículo, sino a los demás usuarios de la vía cuando están implicados en un accidente de tráfico o hayan cometido una infracción. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Podrán viajar los niños en los asientos delanteros?
No, con excepciones. Los menores que midan menos de 1,35 metros no podrán viajar en los asientos delanteros, aunque utilicen sistema de retención infantil, salvo que todos los asientos traseros estén ocupados también por menores que no lleguen a esa altura. Ahora se permite que los menores de 12 años vayan en el asiento delantero si usan sistema de retención infantil.
En caso de incumplimiento, la multa ascenderá a 200 euros. Esta norma y todas las referentes al uso de sillitas en los vehículos no entrarán en vigor hasta que se apruebe el Reglamento de Circulación.
¿Se modifican los criterios para el uso de sistema de retención infantil?
Sí. Se sustituye el peso y la edad por la talla a la hora de obligar al uso de sistemas de retención infantil. Así, deberán hacerlo los menores que midan hasta 1,35 metros. Se podrá inmovilizar el vehículo si no se hace uso de este sistema de seguridad.
¿Quién será responsable en un atropello a un animal de caza?
En los accidentes de tráfico ocasionados por atropello a especies cinegéticas será responsable de los daños, con carácter general, el conductor del vehículo. Cuando el atropello del animal sea consecuencia directa de una acción de caza, el responsable será el propietario del terreno, y si es por falta de reparación del vallado o de la señalización, el responsable será el titular de la vía. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
Hasta ahora, el conductor es responsable si incumple las normas de circulación.
¿Se podrá restringir el acceso o circulación de vehículos por motivos medioambientales?
Sí. Se restringirá el acceso o circulación por las vías a determinados vehículos por motivos medioambientales, tal y como se recoge en el Plan AIRE, donde se prevé la creación de un marco normativo estatal para la implantación de zonas de bajas emisiones. No entrará en vigor hasta que se apruebe el Reglamento de Circulación.
¿Podrá un agente multar sin parar el vehículo?
Sí. Se permite no parar e identificar al infractor cuando el agente denunciante se encuentre realizando labores de vigilancia y control del tráfico y carezca de medios para proceder a la persecución del vehículo. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Cuál será el nuevo plazo para presentar alegaciones a una multa?
Aumenta a 20 días el plazo para presentar alegaciones y para pagar de forma voluntaria las multas, que hasta ahora es de 15 días. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Deben matricular sus vehículos en España los extranjeros residentes?
Sí. Se obliga a matricular definitivamente en España a los vehículos que se utilicen en territorio nacional por residentes extranjeros o por titulares de establecimientos. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Qué pasa si se realizan obras en la carretera sin comunicarlo?
Realizar obras en la vía sin comunicación previa a la autorización previa a la autoridad responsable de la gestión del tráfico será una infracción grave. Esta norma entra en vigor este 9 de mayo.
¿Qué novedades hay en relación a la circulación de grúas?
Las grúas que acudan a realizar un servicio de auxilio en carretera tendrán prioridad de paso.